| Autor:
Congregación para el Clero |
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Artículo relacionado: Los
estipendios en la Misa: cuestiones pastorales.
Es costumbre constante en la Iglesia -como escribe Pablo
VI en el motu proprio Firma in traditione- que «los fieles,
impulsados por su sentido religioso y eclesial, quieran unir, mediante
una más activa participación en la celebración
eucarística, un concurso personal, contribuyendo así a
las necesidades de la Iglesia y particularmente al sostenimiento de
sus ministros» (AAS 66[1974], 308).
Antiguamente este concurso consistía prevalentemente
en dones en especie; en nuestros tiempos ha pasado a ser casi exclusivamente
pecuniario. Pero las motivaciones y las finalidades de los ofrecimientos
de los fieles han permanecido iguales y han sido sancionadas también
en el nuevo Código de derecho canónico (cfr. cánones
945 § 1; 946). Desde el momento en que la materia toca directamente
el augusto sacramento, cualquier apariencia de lucro o de simonía
causaría escándalo. Por ello la Santa Sede ha seguido
siempre con atención el desarrollo de esta pía tradición,
interviniendo oportunamente para cuidar sus adaptaciones a las mudables
situaciones sociales y culturales, con el fin de prevenir o de corregir,
cuando ha sido necesario, eventuales abusos conexos a tales adaptaciones
(cfr. CIC cánones 947 e 1385).
Ahora en estos últimos tiempos, muchos obispos
se han dirigido a la Santa Sede para obtener aclaraciones en lo que
se refiere a la celebración de santas misas por intenciones llamadas
«colectivas», según una praxis bastante reciente.
Es verdad que desde siempre los fieles, especialmente
en regiones económicamente deprimidas, suelen llevar al sacerdote
estipendios modestos, sin pedir expresamente que para cada una de estas
misas sea celebrada una misa individual según una particular
intención. En tales casos es lícito unir los diversos
estipendios para celebrar tantas santas misas, como corresponden a las
tasas diocesanas.
Los fieles además son siempre libres de unir
sus intenciones y estipendios para la celebración de una sola
santa misa por tales intenciones.
Bien diverso es el caso de aquellos sacerdotes que,
recogiendo indistintamente los estipendios de los fieles destinados
a la celebración de santas misas según intenciones particulares,
los acumulan en un único estipendio y los satisfacen con una
única santa misa, celebrada según una intención
llamada precisamente «colectiva».
Los argumentos a favor de esta nueva praxis son engañosos
y un pretexto, cuando no reflejan también una errada eclesiología.
En todo caso este uso puede llevar consigo el riesgo
grave de no satisfacer una obligación de justicia ante los donantes
de los estipendios, y si se extiende, de agotar progresivamente y de
extinguir del todo en el pueblo cristiano la sensibilidad y la conciencia
por la motivación y las finalidades del estipendio para la celebración
del santo sacrificio según intenciones particulares, privando
por lo demás a los sagrados ministros que viven de estos estipendios,
de un medio necesario de sustentamiento y sustrayendo a muchas iglesias
particulares los recursos para su actividad apostólica.
Por lo tanto, en ejecución del mandato recibido
del Sumo Pontífice, la Congregación para el Clero, en
cuyas competencias se incluye la disciplina de esta delicada materia,
ha efectuado una amplia consulta, escuchando también el parecer
de las conferencias episcopales.
Después de un atento examen de las respuestas
y de los diversos aspectos del complejo problema, en colaboración
con los otros Dicasterios interesados, la misma Congregación
ha establecido cuanto sigue:
Art. 1 - § 1.
De acuerdo con la norma del can. 948, deben ser aplicadas «misas
distintas según las intenciones de aquellos por los cuales el
estipendio dado, aunque exiguo, ha sido aceptado». Por lo tanto,
el sacerdote que acepta el estipendio por la celebración de una
santa misa por una intención particular, está obligado
en justicia a satisfacer personalmente la obligación asumida
(cfr. CIC can. 949), o bien a encomendar su cumplimiento a otro sacerdote,
según las condiciones establecidas por el derecho (cfr. CIC cáns.
954-955).
§ 2. Contravienen,
por lo tanto, esta norma, y asumen la correspondiente responsabilidad
moral, los sacerdotes que recogen indistintamente estipendios para la
celebración de misas según particulares intenciones y,
acumulándolos en una única oferta sin conocimiento de
los fieles, lo satisfacen con una única santa misa celebrada
según una intención llamada «colectiva».
Art. 2 - § 1.
En el caso en que los oferentes, previa y explícitamente advertidos,
consientan libremente que sus estipendios sean acumulados con otros
en un único estipendio, se puede satisfacer con una sola santa
misa, celebrada según una única intención «colectiva».
§ 2. En este
caso es necesario que sea públicamente indicado el día,
el lugar y el horario en el cual tal santa misa será celebrada,
no más de dos veces por semana.
§ 3. Los pastores
en cuyas diócesis se verifiquen estos casos, tomarán cuenta
de este uso, que constituye una excepción a la vigente le canónica,
y en el caso en que se extienda excesivamente -también basándose
en ideas erradas sobre el significado de los estipendios por las santas
misas- debe ser considerado un abuso y podría generar progresivamente
en los fieles el desuso de ofrecer el óbolo para la celebración
de santas misas según intenciones individuales, extinguiendo
una antiquísima costumbre saludable para cada alma y para toda
la Iglesia.
Art. 3 - § 1.
En el caso de que se habla en el art. 2 § 1, al celebrante le es
lícito retener sólo la limosna establecida en la diócesis
(cfr. CIC can. 950).
§ 2. La suma
restante que excede de tal estipendio será consignada al ordinario
de que se habla en el can. 951 § 1, que la destinará a los
fines establecidos por el derecho (cfr. CIC can. 946).
Art. 4 - Especialmente
en los santuarios y en los lugares de peregrinación, a los que
habitualmente afluyen numerosos estipendios para la celebración
de misas, los rectores, con obligación de conciencia, deben atentamente
vigilar que sean cuidadosamente aplicadas las normas de la ley universal
en esta materia (cfr. principalmente CIC cáns. 954-956) y las
del presente decreto.
Art. 5 § 1.
Los sacerdotes que reciben estipendios por intenciones particulares
de santas misas en gran número, por ejemplo en ocasión
de la conmemoración de los fieles difuntos o de otra circunstancia
particular, que no los puedan satisfacer personalmente en el plazo de
un año (cfr. CIC can. 953), en vez de rechazarlo, frustrando
la pía voluntad de los oferentes y apartándolos de su
buen propósito, deben transmitirlos a otros sacerdotes (cfr.
CIC can. 955) o bien al propio ordinario (cfr. CIC can. 956).
§ 2. Si en
circunstancias iguales o similares se configura cuanto está descrito
en el art. 2 § 1 de este decreto, los sacerdotes deben atenerse
a las disposiciones del art. 3.
Art. 6 - Compete
particularmente a los obispos diocesanos el deber de dar a conocer con
prontitud y con claridad estas normas, válidas tanto para el
clero secular como el religioso, y cuidar su observancia.
Art. 7 - Es necesario
además que también los fieles sean instruidos en esta
materia, mediante una catequesis específica, cuyos ejes principales
son:
a) el
alto significado teológico del estipendio dado al sacerdote
para la celebración del sacrificio eucarístico, con
la finalidad sobre todo de prevenir el peligro de escándalo
por la apariencia de un comercio con cosas sagradas;
b) la
importancia ascética de la limosna en la vida cristiana, enseñada
por Jesús mismo, de la cual el estipendio para la celebración
de santas misas es una forma excelente;
c) la
participación de todos en los bienes, por la cual mediante
el ofrecimiento de intenciones de misas los fieles ayudan al sostenimiento
de los ministros sagrados y a la realización de las actividades
apostólicas de la Iglesia.
El Sumo Pontífice, en fecha 22 de enero de
1991, ha aprobado en forma específica las normas del presente
decreto y ha ordenado su promulgación y entrada en vigor.
Roma, en el palacio de la Congregación para el
clero, 22 de febrero de 1991.
Antonio card. Innocenti
Prefecto
+ Gilberto Agustoni
Arzob. tit. de Caorle
Secret.
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