| Autor:
Pedro María Reyes Vizcaíno |
|
En la labor ministerial del sacerdote puede ocurrir
que acuda un celiaco. La enfermedad celiaca es
una intolerancia permanente al gluten. Es quizá la enfermedad
crónica
intestinal más frecuente. Muchas veces se diagnostica a
corta edad y suelen ser los casos más
graves, pero esta enfermedad con más frecuencia se
diagnostica en la madurez.
La enfermedad celiaca
La enfermedad celiaca produce una atrofia de las
vellosidades del intestino que conlleva una mala absorción
de los nutrientes (proteína, grasas, hidratos de carbono,
sales minerales y vitaminas). El gluten es una proteína que
se encuentra en el trigo, la cebada, el centeno, la avena y el triticale.
Afecta a 1 de cada 150 personas nacidas vivas. La enfermedad celiaca
la padecen individuos predispuestos genéticamente.
Su base genética justifica que puede haber
más de un paciente celíaco dentro de una misma familia.
Pueden padecerla tanto niños como adultos. Los síntomas
más frecuentes son: pérdida del apetito y de peso,
diarrea crónica, distensión abdominal, alteraciones
del carácter y retraso del crecimiento en el niño.
Sin embargo, tanto en los niños como en los adultos los síntomas
pueden ser atípicos o estar ausentes, dificultando su diagnóstico.
Su diagnóstico se realiza mediante biopsia
intestinal. Jamás se debe suprimir el gluten de la dieta
de una persona sin previa biopsia intestinal que lo justifique.
Su tratamiento consiste en el seguimiento de una dieta estricta
sin gluten durante toda la vida. Esto conlleva una normalización
clínica y funcional, así como la reparación
de la lesión vellositaria.
El celíaco debe basar su dieta en
alimentos naturales: legumbres, carnes, pescados, huevos, frutas, verduras,
hortalizas y cereales sin gluten: arroz y maíz. Deben evitarse,
en la medida de lo posible, los alimentos elaborados o envasados,
ya que en estos es más difícil garantizar la ausencia
de gluten.
La ingestión de pequeñas cantidades
de gluten, de una manera continuada, puede causar trastornos importantes
y no deseables.
El retraso en el diagnóstico o la ausencia
de tratamiento adecuado puede conllevar complicaciones tales como:
malnutrición, depresiones psíquicas, infertilidad
masculina y femenina, abortos de repetición y mayor riesgo
de padecer determinadas tipos de cáncer.
La enfermedad celiaca y la comunión eucarística
Para un correcto planteamiento de esta cuestión,
se debe recordar la naturaleza del sacramento de la Eucaristía.
La Iglesia Católica es consciente de que no es dueña de los sacramentos
sino solo administradora, y por ello no puede alterar lo que es
sustancial a ellos. En el caso del sacramento de la Eucaristía,
por disposición del mismo Cristo, solo se puede usar pan y vino.
Por pan se debe entender el que procede de la harina de trigo.
La cuestión que se plantea es la necesidad de que haya gluten para
considerar que hay verdadero pan.
 |
Procesión del Corpus Christi
en Galdar (Gran Canaria, España) |
La Congregación para la Doctrina de la Fe,
en su Carta a los Obispos acerca del uso
de pan sin gluten y mosto como materia para la Consagración
eucarística, de 19 de junio de 1995 indica que
no se deben utilizar formas hechas con harina de la
que se haya eliminado por completo el gluten: tales
formas son materia inválida
para la celebración del sacrificio eucarístico.
Solo son válidas para la consagración aquellas
formas en las que “permanece
la cantidad de gluten suficiente para obtener la panificación,
si no se han añadido
materias extrañas y si el procedimiento usado para su confección
no desnaturaliza la sustancia del pan”.
No es posible, por lo tanto, usar para la celebración
de la Misa pan de trigo desprovisto totalmente del gluten, ni tampoco
pan elaborado de harina de otras sustancias que no contengan gluten
como el maíz o el arroz. Los enfermos celiacos que quieran comulgar
deben comprender que no está en manos de la Iglesia usar otra materia
distinta de la indicada para administrar la comunión. Sin embargo,
como ya ha quedado indicado, para los celiacos -incluso en los
casos más graves- existe la posibilidad de comulgar.
La solución es la adquisición de formas especiales
-se hablará de ellas más abajo- o la comunión bajo la especie de
vino. En efecto, el canon 925 señala
que se puede administrar la comunión “en caso de necesidad,
también bajo la sola especie del vino”.
Para administrar la comunión con
la especie del vino la liturgia ofrece varias posibilidades.
Si el enfermo celiaco es feligrés habitual, una posible
solución es adquirir una cucharilla pequeña de
plata u otro metal noble, que hay que purificar después
de cada comunión (se puede hacer en el vaso de agua que
suele haber en los altares); y, lógicamente, el feligrés
debe avisar al celebrante antes de cada Misa. Otra posibilidad
es que el fiel suma el vino directamente del cáliz. Algunas
Conferencias Episcopales y algunas diócesis han dado normas
sobre esta materia. A veces, ha habido acuerdos entre la diócesis
y las Asocaciones de Celiacos competentes para tratar de llegar
a puntos de acuerdo en asuntos de interés común.
Naturalmente, en esos territorios el sacerdote debe conocer
la normativa aplicable.
En los casos más graves, es absolutamente necesario
evitar toda posibilidad de contacto con partículas de formas consagradas
porque contienen gluten. Pueden causarse trastornos al fiel si
por un descuido sume alguna de estas partículas. Este riesgo
se puede dar al comulgar el sacerdote del cáliz, pues es posible
que con la saliva pasen partículas de formas al vino. Existe este
riesgo también al hacer la fracción del pan sobre el cáliz.
Por eso, es necesario en estos casos graves que se consagre el
vino en un cáliz distinto del que usará el sacerdote, que en el
cáliz que usará el celiaco no se realice la fracción del pan, y
que solo comulgue él. Si
en una parroquia hay un feligrés que necesite comulgar de un cáliz
distinto, se debe adquirir uno, quizá más pequeño que los comunes.
Es prudente a la hora de adquirirlo prever la posibilidad de que
habiendo un enfermo celiaco quizá alguna vez se dé la necesidad
de reservar el vino consagrado en el sagrario, por lo que se podrá
tener en cuenta que el cáliz especial debe caber en el sagrario.
Esto no se hará sino en casos verdaderamente excepcionales, pero
si en la parroquia hay un feligrés celiaco, esta excepción puede
que se dé alguna vez.
Muchas veces, el derecho particular prescribe que
si se va a usar una forma elaborada de modo especial para
administrar la comunión a un celiaco, se consagre en una
píxide
que sólo contenga estas formas. Igualmente si se van a reservar
en el sagrario, es prudente hacerlo en una píxide
distinta de la que contiene las demás formas para que no
se puedan confundir. A la hora de dar la comunión al celiaco
con la forma especial, el ministro se debe lavar antes las manos:
para ello es suficiente que use el vaso con agua que suele haber
junto al sagrario para mojarse los dedos. Son medidas de prudencia
para evitar errores con consecuencias imprevisibles, y también
para impedir que el celiaco pueda recibir en la comunión
partículas
de formas con todo el gluten.
Si la comunión
la va a recibir con el cáliz,
se debe usar un cáliz distinto del común al que
no se añadirá ninguna partícula de pan consagrado.
En la práctica, en los casos que se presenten
puede ser más sencillo administrar la comunión bajo
la sola especie del vino que adquirir formas especiales. Y desde
luego es la única solución si el enfermo celiaco
avisa su presencia unos momentos antes de la Misa y no es feligrés
habitual. En cualquier caso, el sacerdote debe tener en cuenta
la problemática particular del enfermo celiaco.
Los enfermos celiacos tienen deseo de hacer una vida, en lo posible,
normal. El sacerdote debe comprender que la comunión bajo
la sola especie de vino es una distinción que a un celiaco
le puede resultar molesta: por eso, el sacerdote tendrá en cuenta
los deseos del feligrés y no su propia comodidad.
Como ya se ha indicado, por razones de
profundo sentido dogmático
no es posible consagrar formas con harina de trigo desnaturalizada
-como recuerda la mencionada Carta de la Congregación para
la Doctrina de la Fe- ni tampoco usar formas elaboradas con harina
de maíz u otra sustancia distinta del trigo. El sacerdote
ha de procurar explicar con tacto a los enfermos celiacos estas
cuestiones, y debe hacerle ver que la comunión con el
vino no es una discriminación a nadie, ni tampoco una
humillación
por razón de la enfermedad. Puede explicar que sobre la
materia de los sacramentos la Iglesia no tiene poder de disposición,
de modo que nadie puede alterarla.
Por otra parte, en ocasiones ha dado resultado el
ir suministrando en las comidas cantidades muy pequeñas de
gluten, aumentando progresivamente el índice de tolerancia
hasta llegar al equivalente del contenido en una forma pequeña.
Naturalmente, esta solución sólo se debe realizar
bajo control médico. Además -y siempre con la autorización
médica- si la enfermedad no es grave parece preferible administrar
la comunión con una forma pequeña partida a la mitad
o a la cuarta parte, o incluso menos, si el sujeto lo tolera.
Formas sagradas especiales para celiacos
Para elaborar las formas especiales a
las que se ha quitado parte del gluten -nunca se puede quitar todo
el gluten, como ya se ha indicado- está prevista la licencia
del Ordinario; para administrar la comunión con la sola
especie del vino, a tenor de la letra del canon, no es necesario
pedir la licencia al obispo. Sin embargo, puede ser conveniente
comunicarlo al Obispo si en algún caso a un sacerdote se
le presenta un caso de modo habitual.
La Asociación Italiana de Celiacos ha hecho
pruebas de elaboración de formas sagradas con cantidades
imperceptibles de gluten, que permiten la panificación. Estas
formas han sido reconocidas como válidas para la consagración
eucarística por la Congregación para la Doctrina de
la Fe, mediante Carta de su Secretario Monseñor Tarsizio
Bertone al Presidente de dicha Asociación de 17 de agosto
de 2001 (Prot. 89/78 - 1354).
Actualmente se elaboran formas con almidón
de trigo, aptas para la consagración y válidas para
administrar a celiacos, del tipo CERESTAR, por la firma Franz Hoch
GmbH:
Hostien und Oblatenfabrik
Postfach 1465
D 63884 Miltenberg am Main
(Alemania)
Estas formas se distribuyen en muchas ciudades.
En España se distribuyen en Madrid en la siguiente
dirección:
Asociación de Celíacos de Madrid
C
/ Lanuza, 19 - Local izquierdo
28028 - Madrid (España)
Tel.:
+34 91 7130147
Fax: +34 91 7258059
Más información: www.celiacosmadrid.org
Por eso,
se puede consultar al Obispado o a la Asociación
de Celiacos de la ciudad o del país para preguntarles si
conocen algún
lugar cercano que las distribuya. De todas maneras, antes de encargarlas
se recomienda preguntar al enfermo. Igualmente, parece prudente,
antes de consagrar estas formas y administrarlas al enfermo por
vez primera, darle una forma sin consagrar para observar la reacción.
Si en alguna iglesia hay formas epeciales para
celiacos, los sacerdotes deben tener especial cuidado para no mezclarlas
con las formas comunes. Deben tener en cuenta que un error al administrar
la forma sagrada puede tener graves consecuencias. Incluso se
deberían guardar en la sacristía en recipientes distintos correctamente
marcados para evitar que pequeñas partículas de formas con todo
el gluten se adhieran a estas formas, o que alguna vez celebre
un sacerdote distinto del habitual que no conozca estas formas
y las mezcle.
|