| Autor:
Julio de la Vega-Hazas Ramírez |
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Observaciones generales
La adopción es una resolución -y la
situación resultante del mismo- por el que se incorpora a
una familia un menor de edad que de hecho carece de ella. Se formaliza
por medio de una ficción jurídica, por la que se considera
a todos los efectos hijo de la familia adoptante al menor que no
es hijo biológico de la misma. Este acto de adopción
da lugar a una situación que se prolonga de modo indefinido,
pues, lógicamente, los hijos no son de quita y pon. De ahí
que sea necesario -y muy importante para este estudio- distinguir
la adopción de cualquier otra situación en la que
un niño convive, en un régimen que podríamos
calificar de familiar, en un hogar que no es el correspondiente
a su familia biológica, sin la estabilidad que supone la
adopción, ni su formalización. Podemos llamar a esta
última situación “acogida”. Ésta
agrupa una gran variedad de posibilidades: periodo de prueba previo
a la adopción, convivencia en un hogar mientras se busca
familia adoptante, convivencia con una familia por el periodo de
tiempo en que el menor está imposibilitado de convivir con
la propia, etc. Algunos supuestos de acogida pueden estar contemplados
por el Derecho, como el periodo de prueba previo a la formalización
de la adopción; mientras que otros son sin más situaciones
de hecho. Pero, en todo caso, aquí lo que se expone se refiere
directamente a la adopción, mientras que la acogida aparece
indirectamente, como punto de comparación principalmente.
Es poco frecuente encontrar estudios de moral sobre
la adopción, así como referencias sobre el tema en
los manuales de moral. El motivo parece radicar en que era una realidad
que hasta hace poco no presentaba problema alguno. Las adopciones
tenían lugar, sobre todo, cuando un matrimonio no podía
tener descendencia, o, en algunos casos, cuando, teniéndola,
hacían una verdadera obra de misericordia adoptando algún
niño sin familia -un pariente huérfano, o un niño
sin familia alguna-, lo cual no presentaba problemática alguna
desde el punto de vista moral. La situación ha cambiado en
nuestros días debido al debilitamiento de la institución
familiar, con la aparición de numerosas situaciones nuevas
y los llamados “modelos alternativos” de familia, que
en su gran mayoría no son otra cosa que sucedáneos
de una verdadera familia, e incluso, en algunos casos, verdaderas
situaciones aberrantes. El asunto ha pasado a un primer plano con
la reciente polémica creada por el debate sobre la adopción
por parte de parejas homosexuales. Pero esto es el problema más
llamativo, no el único; quizás ha tenido la virtud
de mover a la reflexión del tema más general de la
adopción en sus aspectos morales, cuando en realidad se empezaban
a dar casos de otro tipo que no han llamado la atención,
pero que merecerían un estudio moral, por la importancia
del asunto y su repercusión sobre la noción misma
de la familia. Aquí se quiere proporcionar algunas consideraciones
al respecto, que sirvan para orientar debidamente la cuestión.
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El Buen Pastor.
Detalle en la catedral
de Sankt Gallen (Suiza) |
Precisamente porque se asimila a todos los efectos
al niño adoptado con el propio, hay un paralelismo en los
principios morales que rigen las dos situaciones. Destaca uno, recogido
en el nº 2378 del Catecismo de la Iglesia Católica:
“El hijo no es un derecho sino un don. El don más excelente
del matrimonio es una persona humana. El hijo no puede ser considerado
como un objeto de propiedad, a lo que conduciría el reconocimiento
de un pretendido «derecho al hijo»”. Lo cual quiere
decir que, si se puede hablar aquí de derechos, es por parte
del niño, no de los padres. Los padres no pueden esgrimir
un derecho al niño, pues equivaldría a convertirse
en esclavo en vez de hijo. Pero sí se puede decir que el
hijo tiene derecho a ser recibido en una familia, porque responde
a una necesidad natural para poder desarrollarse como persona. Esta
misma idea se puede y se debe trasladar a la adopción. No
puede esgrimirse el derecho de adoptar un niño, y sí
en cambio el derecho del niño a que quienes le reciban como
hijo constituyan una auténtica familia. Aquí también
vale decir que, aunque el niño deba ser deseado, no debe
convertirse en objeto de deseo. No es lo mismo. Son, en cierto modo,
los padres quienes tienen que vivir para el hijo, y no al revés;
se mire como se mire, la familia y la sociedad sólo funcionan
bien cuando se acepta esta ley de vida. Esta tarea, que corresponde
a un anhelo igualmente natural, se debe desear, y por tanto el hijo
debe ser deseado y aceptado con ilusión. Pero aquí
estamos en las antípodas de tener un hijo -sea engendrado,
sea adoptado- para satisfacer un deseo personal, aunque parezca
a primera vista tan inocente como el deseo de compañía,
o parezca responder a la naturaleza como el deseo de maternidad
de la mujer.
Una vez establecido este principio, podemos pasar
a examinar los diferentes supuestos que pueden encontrarse, aun
a sabiendas de que se trata de los más frecuentes, y no agotan
todas las posibilidades. La vida es muy rica en situaciones, y un
artículo como éste no puede ocuparse de todas.
Adopciones por parte de matrimonios
Aquí nos encontramos, sobre todo, con el
supuesto más tradicional: la adopción como recurso
para los matrimonios infértiles. La única novedad
reciente al respecto es que se observa una cierta “globalización”
de la adopción: mientras que hasta hace poco lo más
habitual era la adopción de huérfanos del propio país
y la rara excepción que el niño se trajera del extranjero,
ahora es frecuente que en los países ricos los adoptados
procedan de zonas más desfavorecidas del mundo. Sobre esto
lo único que hay que decir desde el punto de vista moral
-y legal- es que la entidad mediadora debe ser de confianza, de
forma que se evite siempre el riesgo de tratar con gente que se
dedica al inconfesable tráfico de bebés. Siempre es
una gran inmoralidad comprar una persona, por mucho que se piense
que al final es para su bien y que con ello se colman unos deseos
legítimos de tener hijos. Es cierto que sobre el papel a
veces no es fácil establecer la frontera entre la compra
y la redención (rescate por precio de quien es esclavo),
pero en la realidad es más fácil, pues, entre otras
diferencias, en un caso se actúa abiertamente y en el otro
de forma encubierta. Cuando se conoce la existencia de semejante
mercado, lo que debe hacerse es denunciarlo. Cosa distinta es que
se exijan sobornos por parte de funcionarios para tramitar una adopción,
pues se trata de un caso de naturaleza distinta a lo que aquí
se estudia.
Por lo demás, estamos ante un supuesto que
generalmente deja satisfechas a todas las partes, lo que supone
a la vez un bien tanto para las personas implicadas como para la
sociedad en general. Para los adoptantes, es la forma de cumplir
una vocación de padres a la que se suelen sentir llamados,
y quizás de evitar frustraciones que pueden llegar a ser
fuertes e incluso enrarecer la convivencia marital; para el niño
huérfano, supone encontrar lo que más necesita: una
familia. Para la sociedad, es la solución más aceptable
al problema de la crianza de un considerable número de niños
que de otra forma quedarían a cargo de instituciones públicas
o privadas asistenciales, que, por mucho que se esfuercen, no podrán
nunca suplir plenamente a la familia.
Aquí surge una pregunta: si un matrimonio
no consigue tener descendencia, ¿deben adoptar?; o, al menos,
¿es conveniente aconsejarles que adopten? La primera es una
cuestión moral; la segunda, más bien pastoral. A la
primera hay que contestar que no. En algunos casos es posible que
nos encontremos ante una situación dramática en la
que la caridad postule recibir a un niño desvalido en el
propio hogar, pero hay que añadir que, en todo caso, se trataría
de un deber de acogida, no de adopción. El deber de hospitalidad
puede tener sus exigencias, pero nunca puede llegar hasta incorporar
al huésped a la familia propia. Se trata de una facultad,
no de un deber. Sobre si resulta aconsejable o no, depende de las
circunstancias. En primer lugar, de las personales de los cónyuges.
Para que resulte aconsejable, debe encontrarse una positiva ilusión
en los dos cónyuges, marido y mujer. Si uno de los dos -la
mujer, más habitualmente- se empeña en ello pero la
otra parte no lo ve con buenos ojos, es mejor desistir. Con más
razón que cuando se trata de hijos concebidos por el matrimonio,
no es lo más conveniente recibir un hijo a regañadientes,
y menos aún con una voluntad claramente opuesta. Si se trata
de aconsejarlo desde fuera, hay que ponderar bien la situación.
Puede variar desde la recomendación clara si se aprecia una
melancolía prolongada en el hogar por la falta de descendencia,
hasta la recomendación contraria si ven serios obstáculos
para la crianza de los niños adoptivos, o si hay inestabilidad
en el matrimonio o graves problemas de convivencia. En todo caso,
conviene tener en cuenta que, para un matrimonio sin hijos, la adopción
no es la única salida posible para canalizar el amor paterno
y materno, y para vivir una vida de entrega y servicio. Es un criterio
que recuerda el reciente Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica,
señalando que, cuando el don del hijo no le es concedido
a un matrimonio, “pueden mostrar su generosidad mediante la
tutela o la adopción, o bien realizando servicios significativos
en beneficio del prójimo. Así ejercen una preciosa
fecundidad espiritual” (nº 501). Por el otro lado, hay
que quitar el miedo que puedan tener los cónyuges de que
su hijo o hijos adoptivos no sean bien aceptados por su futuro entorno,
sobre todo por sus futuros compañeros escolares. Hoy día,
al menos en una sociedad occidental, no suele haber motivos serios
para albergar esos temores, y en cambio lo que sí sucede
es que la hipersensibilidad de los cónyuges en este sentido
puede hacer bastante daño a los hijos adoptivos si no se
disipa.
Hay un caso particular, por desgracia cada vez más
frecuente en nuestros días, en la que puede hacerse necesario
recomendar categóricamente la adopción. Se trata de
los cónyuges que, en su afán de tener hijos a toda
costa, se quieren someter a tratamientos inmorales, como la fecundación
in vitro (FIVET), en la que se puede afirmar que se traspasa la
línea que separa engendrar un niño de fabricarlo.
En algunos casos, ese afán se transforma en una verdadera
obsesión. Resulta evidente entonces que es necesario presentar
alternativas, como son, en algunos casos, otros tratamientos que
no vulneran la moralidad, y, siempre, la adopción.
La selección de un “perfil” de
niño para adoptar no presenta muchos problemas éticos.
Desde el momento en que la adopción no es un deber, se concluye
fácilmente que uno abre la puerta de su familia a quien quiere.
Es lógico que, por regla general, se quiera que estén
sanos. Más lógico aún -y en general recomendable-
es que se deseen niños lo más pequeños posible,
pues cuanto menor sea la edad más fácil será
la adaptación del menor a la familia que lo incorpora. De
todos modos, conviene evitar pedir unos requisitos tan particulares
y accidentales que reflejen una mentalidad caprichosa, pues denotan
una actitud posesiva por parte de los padres, que olvida con facilidad
que un niño es un don, no un capricho.
En la adopción por parte de un matrimonio,
lo más problemático suelen ser los casos en los que
el niño no es un auténtico huérfano, sino que
tiene unos padres -lo más habitual es que proceda de una
madre sola- que no han podido o no han querido hacerse cargo del
niño. Aquí juegan un papel importante las leyes del
país que se trate, pero de todas formas se pueden dar algunas
recomendaciones generales, aunque después haya que adaptarlas
en todo caso a la normativa vigente. También hay que señalar
que la mayor parte de los problemas vienen por el lado de los padres
-sobre todo, la madre- biológica, que cuando resuelve o cree
resolver los problemas que le impedían criar al niño
quiere retomarlo, o simplemente con el paso de los años cambia
de parecer, de forma que ya no quiere, como al principio, desprenderse
del niño para entregarlo en adopción. Son problemas
complejos, en los que con frecuencia es imposible contentar a todas
las partes en disputa, pero, como regla general, se puede decir
que, si el niño ha sido entregado en adopción antes
de tener uso de razón, y el único hogar que ha conocido
es el de sus padres adoptivos, lo mejor es que ahí siga.
Una vez más la clave para resolver la mayor parte de este
tipo de conflictos es considerar que lo prioritario es el bien del
niño. No parece una buena solución legal poner en
manos del hijo la decisión cuando cumple la mayoría
de edad: es una decisión que siempre conlleva un desgarro
interior que sería preferible evitar. Sí lo es, en
cambio, que quien entrega un hijo en adopción -una madre
joven soltera, por ejemplo- firme un compromiso con el fin de no
reclamar en el futuro a su hijo; por dura que parezca esta medida,
redunda a la postre en bien del hijo. Es también conveniente,
por regla general, que no se proceda a la adopción hasta
no tener garantías de estabilidad de cara al futuro; mientras
tanto, el hijo puede permanecer sin problemas en su nuevo hogar
en calidad de acogido, a la espera de poder ser definitivamente
adoptado. La razón es clara: la adopción debe ser
un paso definitivo, nunca una situación provisional; para
lo provisional está la acogida.
Hay una cuestión frecuente que se plantea
a los padres adoptantes: ¿Se debe decir al niño que
es adoptado? Y si la respuesta es afirmativa, ¿en qué
momento? Por regla general, es conveniente informarle, y mejor a
temprana edad, sin envolverlo en dramatismo. Se suele aceptar sin
problemas ni traumas, y el chico o la chica suelen quedar muy agradecidos
a sus padres adoptivos por haberle aceptado como hijo. Y, por supuesto,
una vez comunicado se le debe tratar con la misma naturalidad que
a un hijo biológico, sin actitudes de recelo o sobreproteccionismo,
y sin pensar que haya la más mínima suspicacia por
parte del menor. El problema puede surgir a partir de la adolescencia,
cuando despierta en el chico -o, sobre todo, en la chica- un deseo
de saber quiénes son sus padres biológicos, y de acercarse
de algún modo a ellos. Si no se sabe, o han fallecido, no
hay problema. Pero si están vivos y se puede averiguar quiénes
son, la cosa puede ser más problemática. Quizás
una buena solución es adelantarse al problema, e intentar
educar al hijo adoptado en el convencimiento de que ésa es
una herida que es mejor que permanezca cerrada, de forma que querer
abrirla, aunque responda a un deseo muy natural, conlleva más
sufrimientos para todos que ventajas, por lo cual no vale la pena
intentarlo. Con todo, si tiene ya una cierta edad y se empeña
obstinadamente en ello, más vale decírselo que dejar
que lo averigüe por su cuenta.
Hay algún otro aspecto que merece la pena
tratar. Uno de ellos, aunque a primera vista parezca una perogrullada,
es el principio moral de que la adopción no debe nunca constituir
un recurso para evitar voluntariamente engendrar hijos. Es indudable
que cualquier matrimonio prefiere en principio tener hijos propios
que adoptarlos. Sin embargo, pueden encontrarse situaciones en las
que hay una mentalidad propensa -y una presión exterior-,
para evitar las cargas del embarazo y los cuidados a los recién
nacidos. En más de un caso, por desgracia, puede constituir
un serio obstáculo para la carrera profesional de la mujer,
o incluso truncarla. A esto hay que añadir los síntomas
de una sociedad demasiado cómoda, que en más de un
caso se traduce en un rechazo a esas cargas biológicas, mientras
que se mantiene el “instinto” de maternidad. En situaciones
así, puede abrirse paso paulatinamente la idea de que la
adopción -por ejemplo, de uno o dos niños de unos
tres o cuatro años- puede ser un recurso satisfactorio, e
incluso pensar que de paso se hace una buena obra de caridad, al
dar hogar a alguien de otro modo condenado a una vida desarraigada.
Esto último puede tener algo de verdad, pero no constituye
una razón suficiente para convertir en moralmente aceptable
una conducta así. El matrimonio está naturalmente
orientado a engendrar hijos y aceptarlos como un don, no a encargarlos
a medida de los propios gustos o circunstancias del momento. Desde
el punto de vista moral, además, supondría otro ejemplo
de la separación voluntaria y absoluta de sexualidad y procreación,
lo cual no es aceptable.
Queda por añadir, dentro de este apartado,
algo sobre la adopción de niños por parte de matrimonios
que ya tienen hijos propios. Es, qué duda cabe, un gesto
noble y una muestra de generosidad y rectitud. Se han dado casos,
incluso, de familias que han adoptado un niño discapacitado;
el resultado es que esa generosidad heroica se ha visto recompensada
con una mayor unidad y afecto entre los miembros de esa familia.
Dios no deja sin premio a esas familias, que con frecuencia señalan
que el nuevo miembro es la alegría de la casa. No hay mucho
en realidad que decir sobre la adopción en estas circunstancias.
Lo principal es que, a la hora de tomar la decisión, tengan
voz no sólo los padres sino también todos los hijos
con uso de razón. Lo cierto es que suelen aceptarlo con entusiasmo,
sobre todo cuando son pequeños, entre otras razones porque
suelen estar bien educados, ya que esas familias suelen ser familias
cristianas ejemplares, de cuyo testimonio y ejemplo está
muy necesitada la sociedad contemporánea. En el caso concreto
de adopción de niños con minusvalía, conviene
además que la decisión esté bien ponderada,
teniendo en cuenta factores como si están en condiciones
de proporcionar la atención que necesita, o el previsible
futuro de esas personas cuando con el correr de los años
los padres sean ya ancianos o hayan fallecido.
Adopciones por parte de parejas que no constituyen
un matrimonio
Si salimos de la esfera del matrimonio, salimos
de la esfera de una auténtica familia, y eso trae como consecuencia,
como principio, que las uniones que no forman una familia dejan
de ser moralmente aptas para la adopción, pues ésta
supone la incorporación del niño a una familia. Si
la ley no respeta este principio, se puede concluir que es una ley
inapropiada, que no sintoniza con el orden natural. Cosa distinta
es la acogida, que es algo más flexible y adaptable a circunstancias,
pues si bien es cierto que una unión extramatrimonial no
es idónea para adoptar, también lo es que en ocasiones
la alternativa real es un lugar peor, o quizás la inexistencia
de un lugar.
Conviene puntualizar que, de hecho, las discusiones
sobre la adopción dentro de este apartado son más
teóricas que prácticas. En la realidad son pocas las
parejas no matrimoniales que deseen adoptar algún niño.
Es precisamente la apertura a tener descendencia lo que hace, en
muchas ocasiones, que parejas que convivían sin compromiso
se decidan a casarse; y una pareja en esa situación lo último
en que piensa es en adoptar a nadie. De todas formas, a veces se
pueden encontrar casos aislados, y, en todo caso, conviene argumentar
el tema para, al menos, clarificar ideas sobre la adopción.
Dicho esto, podemos pasar a examinar los principales supuestos.
En lo más bajo de la escala, se encuentran
las parejas homosexuales. Reivindican un matrimonio con todos los
derechos, y entre ellos se encuentra el derecho a adoptar, en el
que insisten con fuerza, lo cual se entiende cuando se cae en la
cuenta de que la relación homosexual no puede ser fecunda.
No corresponde a un deseo de adoptar, sino al deseo de que se les
reconozca el derecho. Si se trata de dos varones -lo más
frecuente-, su deseo de adoptar es prácticamente nulo. Si,
en cambio, son dos mujeres, pueden encontrarse casos -el lesbianismo
no suprime el deseo de maternidad-, pero, aunque está por
comprobarse en la realidad pues son pocos los países que
se lo hacen posible y éstos sólo desde hace poco tiempo,
lo previsible es que en la mayoría de los casos sea sólo
una de las dos quien adopte al niño -más probablemente
niña- a título personal, aunque la otra esté
dispuesta a ejercer una especie de rol paterno.
Sea como fuere, el caso es que, de darse esa situación,
sería muy desfavorable para el niño. En este punto,
conviene ir a la raíz antropológica, sin limitarse
a exponer aspectos parciales de la cuestión. Ni la homosexualidad
es una sexualidad alternativa, sino más bien una sexualidad
alterada; ni el papel de los dos sexos en la educación del
hijo se reducen a un género establecido por la cultura, sino
que corresponden a una complementariedad natural. Por eso, poner
a un niño pequeño a cargo de una pareja de homosexuales
es, como decía un autor con cierta ironía, calzar
afectivamente al niño dos zapatos del mismo pie. Lo demás
vienen a ser consecuencias: el niño se cría en un
ambiente inestable, con una formación de su afirmación
sexual enrarecida, en una casa donde lo más probable es que
la fidelidad escasee, las broncas sean frecuentes, las posibilidades
de ser educado por quien acusa otro tipo de trastorno -la misma
homosexualidad ya es un primer trastorno de personalidad- sean sensiblemente
más frecuentes, etc. Es cierto que en una pareja de mujeres
-quienes de hecho están dispuestas a criar un hijo- toda
esta sintomática suele ser más mitigada que en una
pareja de hombres -quienes no quieren adoptar prácticamente
nunca-, pero sigue en pie. Y, frente a quienes quieren reivindicar
este tipo de adopciones como un derecho, hay que recordar una vez
más que el derecho es el del niño, no el de quienes
lo adoptan. En el caso de parejas homosexuales, es tan desfavorable
lo que se va a encontrar el niño que no puede hablarse ni
siquiera de acogida.
Por lo demás, los problemas en este apartado
pueden producirse cuando se miran desde una perspectiva específicamente
católica, no tanto civil. En la legislación civil,
es lógico que se consideren aptos para adoptar a quienes
reconocen como matrimonio. Pero no siempre un matrimonio civilmente
reconocido es válido. Aquí la regla no es muy difícil
de entender: no tendrían que adoptar quienes no deberían
convivir. La adopción supondría en estos casos, por
regla general, un obstáculo para regularizar moralmente su
situación, o, si se prefiere decirlo así, un elemento
que consolida una situación inmoral. Si se trata de personas
que podrían casarse entre sí, lo lógico es
casarse primero válidamente y después adoptar, no
al revés. Si no es así - sobre todo, divorciados que
contraen posterior matrimonio civil-, una adopción es un
paso en falso moralmente, que puede producirse precisamente porque
buscan un reconocimiento social o quizás una consolidación
de la nueva situación, que es inmoral (por ejemplo, cuando
uno de los cónyuges está esterilizado de antemano).
Por eso, este tipo de adopciones no deben verse como algo moralmente
indiferente sencillamente porque no media una relación física
calificable de inmoral, ya que hay otros aspectos que entran también
en juego, como es que el deber de convivencia conyugal por parte
de los adoptantes lo tienen con terceras personas, no entre sí.
Adopción por parte de individuos
La adopción de un niño -más
frecuentemente, de una o varias niñas- por parte de mujeres
solas -la incidencia por parte de varones solos es prácticamente
inexistente- ha sido hasta hace poco un fenómeno raro, pero
recientemente esto está cambiando con clara tendencia al
aumento. No puede sostenerse que la causa es que en varias legislaciones
se permite, pues responde a unos motivos que no son legales, aunque,
efectivamente, donde no se permite legalmente la situación
paralela de hecho es bastante menos frecuente, debido a las dificultades
encontradas. Es un fenómeno típicamente occidental,
y parejo al fuerte individualismo que se respira como mentalidad
en estas sociedades. O sea, el hecho de que se permita legalmente
y el que haya demanda para hacerlo obedecen a un mismo motivo de
fondo. La motivación individual concreta es un poco más
variada, aunque en todo caso responde a no querer renunciar al ejercicio
de la maternidad cuando no ha sido posible o no se ha querido contraer
matrimonio o éste ha fracasado: desde mujeres que no han
podido casarse aunque lo hayan intentado -siempre ha habido un cierto
número-, mujeres que no buscan posible cónyuge por
miedo al fracaso, mujeres cuyo matrimonio pronto se ha demostrado
como inviable, mujeres que por diversos motivos han desarrollado
una especie de androginia, mujeres que han sufrido varios desengaños
y permanecen solteras porque no están dispuestas a sufrir
otro, etc. Subjetivamente, las posibilidades también son
variadas: desde el egoísmo de “adquirir” un niño,
hasta la búsqueda de una canalización para un auténtico
afán de servicio, aunque lo más frecuente es un poco
de las dos cosas y un mucho de soledad a la que se busca remedio
con afán.
Son bastantes las razones que se argumentan para
dar validez moral a esta conducta, y lo cierto es que a primera
vista parecen bastante convincentes. Así, se dice en primer
lugar que el niño encuentra un auténtico hogar; aunque
sea reducido y no sea lo ideal, es incomparablemente mejor que la
custodia pública, y más aún si ésta
fuera en un país con pocos recursos o con explotación
infantil. Después, que ha habido y hay muchas mujeres solas
-que han enviudado jóvenes, por ejemplo- que han sacado adelante
su prole con gran dignidad, y en otros muchos casos, aunque conviva
el marido con ellas, apenas se le ve por casa, de forma que la educación
de los hijos queda prácticamente en exclusiva a cargo de
la mujer. Además, se alega que son recibidos con bastante
más cariño que muchos niños biológicos,
y que los resultados suelen ser buenos. En resumidas cuentas, puede
no ser la solución óptima pero en todo caso es mejor
que la alternativa que les esperaría a los niños.
Todas estas pueden ser buenas razones, pero también hay que
ponderar las razones en contra, y las hay tanto personales como
sociales.
Las razones personales consisten en que lo que encuentra
el niño no es una familia. Una mujer sola no constituye familia.
Es verdad que a veces la muerte rompe una familia, y queda solo
uno de los dos progenitores para sacarla adelante. Pero aquí
como en tantas otras realidades, es moralmente muy diferente encontrarse
con el infortunio, que ser el causante del mismo. El niño
se ve privado de padre (en algún caso puede que de madre)
y con frecuencia también de hermanos, y en esas circunstancias
no sólo el niño acusará serias carencias, sino
que también es muy difícil que en una situación
así la mujer resista la tentación de adoptar una actitud
posesiva. Si esa mujer (u hombre si es el caso) de verdad quiere
bien al pequeño, debe querer para él lo mejor, y lo
mejor es una familia bien constituida, no ella sola. Y, por tanto,
buscará para él una auténtica familia, o, si
fuera posible, buscará constituir ella una familia por medio
del matrimonio. Hay que tener en cuenta que es fácil engañarse
en un asunto como éste. El afán de darse como madre
puede enmascarar fácilmente una actitud bastante más
egoísta: el ansia de evitar la soledad. Por eso, no es difícil
que tras unas aparentes óptimas intenciones se oculte el
deseo de tener un niño por lo que proporciona, la compañía,
en vez de ser una entrega materna desinteresada. Hoy, cuando con
frecuencia se confunde el verdadero amor con el deseo pasional,
se debe comprender que en ocasiones la pasión puede tener
poco que ver con el erotismo, pues hay otras posibilidades: basta
con desear apasionadamente cubrir las propias necesidades, sean
cuales sean. Y se puede despertar con gran facilidad sintiendo envidia
de otras -hermanas, amigas, compañeras, etc.- que parecen
felices con su familia; incluso, para quien quizás no se
haya casado por cuidar a unos padres enfermos, se puede pensar,
una vez desaparecidos éstos, que también tienen derecho
a tener un hogar que al menos en parte subsane la injusticia que
han tenido que padecer, con lo que el hijo adoptado podría
tener algo de hijo del resentimiento. A esto hay que añadir
alguna consideración desde el punto de vista legal. Un hijo
adoptado pasa a ser legalmente eso, un hijo: adquiere a todos los
efectos el status legal de hijo. Una mujer soltera pasa, con una
adopción, a adquirir la situación legal de madre soltera,
lo cual no resulta muy deseable, ni para ella ni para el hijo adoptivo.
Las razones sociales que desaconsejan este tipo
de adopciones consisten en que con ello se abre una puerta a adopciones
indiscriminadas, que pueden acabar en situaciones mucho más
desatinadas que aquéllas con las que se empezó. El
matrimonio es la única institución social apta para
constituir una familia, y para que así se reconozca. Por
ello, es la única institución que constituye una garantía
aceptable para asegurar que el niño es recibido en una familia.
Una persona soltera puede no ver más allá de su caso,
en el que seguramente desea proporcionar al chico todo lo que necesita,
material y moralmente. Pero la sociedad tiene la obligación
de ver más allá, y entender que, si abre la puerta
de la adopción a unos pocos casos -sin duda, bienintencionados-
de adoptantes que no forman una familia, se quiebran las garantías
que permiten asegurar que el niño es recibido en un auténtico
hogar. Cualquiera puede así ya adoptar: basta que tenga una
casa y se presente con una simpática apariencia, lo cual
no es difícil. Quizás en un primer momento se trate
de mujeres solteras que viven solas y anhelan un hijo; pero en un
segundo momento la brecha permitiría que se colaran unos
sujetos con peores intenciones, como la explotación de niños
en cualquiera de sus variantes. Se podría decir que si ése
es el caso se retiraría al chico, pero se haría cuando
el mal ya está hecho, y en todo caso esa reversibilidad corresponde
a la acogida, no a la adopción. Ciertamente, esta es una
argumentación que va dirigida más propiamente a los
poderes públicos que a las personas singulares, ya que a
ellos corresponde la legislación sobre la cuestión
y la declaración de quiénes son las personas aptas
para adoptar, pero sirve también para que los individuos
entiendan que, por encima de sus preferencias y de su caso particular,
existen exigencias del bien común que deben necesariamente
estar por encima de sus expectativas singulares. Las personas deben
saber, en esta época de fuerte individualismo, que la normativa
debe estar hecha pensando en el interés general, y no adaptarse
a su situación particular, y que el bien común puede
y debe imponer unas cargas y limitaciones a los individuos en aras
del bien general de la sociedad.
En el fondo, lo que nos encontramos no es otra cosa
que la repercusión en la adopción de una crisis más
amplia: la crisis de la institución familiar. Esta crisis
trae como consecuencias algunos fenómenos que inciden en
este campo: un menor número de matrimonios y por tanto de
familias; un mayor número de niños desamparados o
que necesitan familia; una mayor abundancia de tipos de convivencia
ajenos a la matrimonial, que llegan a verse como algo normal -aunque
muchos no se contemplen como deseables-, y que acaban reclamando
los mismos derechos -con frecuencia, sin asumir sus cargas- que
la familia; un crecido número de personas solas que buscan
desesperadamente un tipo de compañía que no conlleve
riesgo de futuro desengaño; y una más o menos encubierta
mentalidad que considera al niño como objeto de deseo y a
la familia como objeto de diseño -familia “a la carta”-.
La solución fácil es ceder a recursos impregnados
de sentimentalismo que resultan inapropiados, aunque en el caso
concreto se puedan defender sin dificultad con argumentos melodramáticos
que presentan a niños abandonados a un terrible orfanato
tercermundista o a mujeres que saldrían de una depresión
con una sonriente criatura que les llamara “mamá”.
Pero, si este tipo de soluciones significan un debilitamiento de
los vínculos familiares, o contribuyen a ello, a la postre
los daños superarían a los beneficios.
La argumentación de este apartado es también
trasladable a algunos supuestos que caen bajo el anterior. Y es
que hay que comprender, entre otras cosas, que con la adopción
se adquieren derechos y deberes de paternidad/maternidad, y éstos
no incluyen solamente la manutención del pequeño en
condiciones dignas y un clima doméstico favorable, sino -y
podría decirse que sobe todo- también su educación.
Y no se puede olvidar que la educación va dirigida al futuro,
por lo que una parte vital de la misma es la preparación
para que el chico o la chica puedan formar su propia familia. Su
crecimiento en el seno de un sucedáneo no la favorece; más
bien la dificulta. Y, como lo que se ofrece son modelos y ejemplos,
no es lo mismo crecer, pongamos por ejemplo, en el seno de una familia
donde el niño no conoce al padre porque “papá
murió”, que en otro donde nunca ha habido padre. Entiende
cosas distintas en uno u otro caso. Todo esto genera unos deberes
de conducta, o, lo que es lo mismo, tiene incidencia moral. Se equivocaría
quien viera la moral familiar básicamente como moral sexual
conyugal. Siendo ésta importante, no lo es todo ni mucho
menos, de forma que existen otros aspectos tan importantes como
ése, y que, por supuesto, requieren conductas apropiadas.
Uno de éstos puede resumirse de un modo sencillo: quien quiera
vivir en familia, debe constituir una verdadera familia.
Con todo, conviene distinguir entre dos conductas
que, aunque puedan tener parecidos exteriores, son distintas: la
de quien busca “adoptar” -ya se verá a quién-,
y la de quien se encuentra con un niño desvalido a quien
la caridad postula abrir la puerta de su casa, y lo acaba criando
como un hijo. Como en las familias propiamente dichas, no es lo
mismo buscar una situación que encontrarla; o sea, no es
lo mismo diseñar una familia monoparental que encontrarse
con una sin pretenderlo, como puede ser el caso de cualquier viuda,
a la que nadie exige que se case de nuevo para proporcionar padre
a sus hijos. Hay que contar con un mundo contingente, donde, como
afirma el dicho popular, a veces lo mejor está reñido
con lo bueno. En este segundo caso, ¿se puede considerar
apropiada la adopción, o hay que conformarse con una acogida,
aunque sea permanente? Una respuesta demasiado concreta debería
tener en cuenta el marco legal, pero se pueden dar algunos principios
de solución. Parece conveniente, en estos casos, como primera
medida, que no haya adopción hasta transcurrido un periodo
de tiempo razonable y sensiblemente mayor que en el caso de una
adopción por parte de una familia. En un segundo momento,
y examinando el caso concreto, se puede concluir que es justo atribuir
al chico los derechos de un hijo, y formalizar así una adopción.
Desde el punto de vista legal, se podría exigir la valoración
de un juez. Se atiende así a casos concretos que lo merecen,
de forma que, a la vez, queda claro que estamos ante excepciones
y no ante una regla general que convertiría de hecho la adopción
en una posibilidad “a la carta” y debilitaría
lo que por regla general y natural ha de ser considerado familia:
una unión por vínculos de sangre.
Queda todavía por responder una última
cuestión, que tiene que ver con la fe. Traer niños
de ciertos países supone abrir para los mismos los tesoros
de la fe, pues de otra manera quedarían sin bautizar. Es
un motivo de orden sobrenatural nada despreciable, pero también
aquí rige el principio de que la gracia y la naturaleza no
se oponen. Esta motivación tiene un indudable peso, pero
que refuerza toda la argumentación sobre el tema, no la invierte.
Una mujer soltera no debe engañarse al respecto: si lo que
verdaderamente busca es la propagación de la fe, el modo
más fructífero de hacerlo es promover la adopción
de estos niños por familias, en vez de adoptar ella. Fácilmente
comprobará que los resultados lo avalan.
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